En respuesta a las inquietudes realizadas por parte de matriculados hacia el Colegio de Arquitectos de Mendoza (CAMZA) relacionadas con "legalizaciones" o "certificaciones" de valuaciones o dictámenes técnicos emitidos por arquitectos, destinadas a acreditar el cumplimiento de requisitos vinculados a la regularización de activos en el marco de la Ley 27.743 y sus reglamentaciones, se considera oportuno efectuar las siguientes aclaraciones:
El CAMZA, de acuerdo con la Ley Provincial N° 5350, está únicamente habilitado para emitir "Certificados de Habilitación", que acreditan que el profesional autor del dictamen y/o tasación se encuentra matriculado y habilitado para ejercer dichas funciones en la actualidad.
Esta documentación no autentica, verifica ni valida el trabajo realizado por el profesional, pero legitima su habilitación y acreditación legal en el ejercicio.
El Certificado de Habilitación cuenta con validación de integridad y autenticidad mediante la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gestión Administrativa de la Nación, ya sea en formato digital o impreso.
De esta manera, se busca ofrecer claridad respecto de las competencias y el alcance de los certificados emitidos por CAMZA en relación a este tipo de gestiones.