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Disposiciones de la Dirección General de Rentas sobre Impuesto de Sellos y Tasa Retributiva por Actuaciones Judiciales
Información clave para el cálculo de la base imponible y la determinación de contraprestaciones por servicios de justicia.
22 de Mayo de 2024
CPCE

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Mendoza pone a disposición de sus matriculados dos documentos importantes emitidos por la Administración Tributaria Mendoza (ATM) para facilitar el ejercicio profesional y asegurar el cumplimiento normativo.

En el primer archivo, se establecen los valores mínimos a efectos del cálculo de la base imponible en la liquidación del Impuesto de Sellos y de la Tasa Retributiva por Actuaciones Judiciales. Esta disposición alcanza a los bienes incluidos en los actos mencionados en los artículos 213, 214, 233, 298 inciso c) y 300 del Código Fiscal.

El segundo archivo reglamenta el artículo 298, inciso c) del Código Fiscal, referente a la determinación de la contraprestación por los servicios de justicia. Se establecen los requisitos mínimos que deben reunir las operaciones periciales de Inventario y Avalúo presentadas ante la Dirección General de Rentas. Esta nueva norma busca simplificar las tareas de verificación y facilitar la aplicación de las normas de valuación, asegurando que los peritajes cuenten con el máximo de elementos detallados.

El Consejo facilita esta información para que sea más accesible a los matriculados y contribuya al desarrollo de sus actividades profesionales con mayor precisión y conformidad con las normativas vigentes.

Adjuntos:

  1. Resolución N° 35. Reglamentación del artículo 298, inciso c) del Código Fiscal sobre servicios de justicia
  2. Resolución N° 36. Valores mínimos para el cálculo de la base imponible en la liquidación del Impuesto de Sellos y de la Tasa Retributiva por Actuaciones Judiciales

 

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